El juez del Tribunal Constitucional, José Alejandro Vargas, calificó como una “discriminación” que las personas mayores de 65 años solo puedan renovar su licencia de conducir por dos años.

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El magistrado relató que acudió el pasado viernes a una oficina del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre con la intención de renovar su licencia por cuatro años, pero fue informado de que, por superar los 65 años de edad, únicamente podía obtenerla por dos años.

A través de una publicación en la red social X titulada “Barriendo la dignidad de los envejecientes”, Vargas cuestionó la disposición y sostuvo que vulnera principios constitucionales.

“No todos somos iguales ante la ley, como lo señala el artículo 39 de la Constitución, que prohíbe la discriminación por motivo de edad”, expresó.

El juez recordó además que el Tribunal Constitucional ha establecido que el Estado tiene un deber especial de protección hacia las personas mayores.

“La edad no debe presumir incapacidad”

Vargas afirmó que la edad no puede convertirse automáticamente en una presunción administrativa de incapacidad.

“Cuando se discrimina por la edad, se barre la dignidad de los envejecientes”, escribió.

  • La disposición está contenida en el artículo 21 del reglamento de licencias de conducir, que establece que las categorías 1, 2 y 5 tendrán vigencia de cuatro años hasta que el conductor cumpla 65 años.

Abinader había prometido modificar la medida

En octubre de 2024, el presidente Luis Abinader afirmó durante La Semanal con la Prensa que la disposición sería corregida.

“Ni yo ni muchos de ustedes conocíamos la existencia de esa resolución y es bueno que se haya tratado, porque eso se va a corregir”, declaró entonces el mandatario.

  • Sin embargo, con la implementación de la nueva licencia de conducir, la medida continúa vigente, reavivando el debate sobre posibles actos de discriminación por edad.