SANTO DOMINGO.- El abogado constitucionalista Alberto Tavárez acusó este viernes al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) de colocarse por encima del Poder Ejecutivo y de desoír al presidente Luis Abinader, al mantener la resolución que limita a dos años la renovación de la licencia de conducir a los mayores de 65 años en adelante.
Tavárez recordó que el 28 de octubre de 2024, el presidente Abinader anunció que: “será eliminada la disposición que limita a las personas mayores de 65 años renovar la licencia de conducir por dos años, si es de las categorías 01, 02 y 03 por un pago de RD$1,900”.
Manifestó que, sin embargo, el Intrant solo se limitó a eliminar la doble tributación que tenían que pagar los mayores de 65 años para la renovación del documento, sin tocar la parte que dispone el cambio del documento cada dos años para ese segmento de la población.
En octubre del pasado año, el presidente Abinader declaró en La Semanal que desconocía la existencia de la disposición que limita a dos años la renovación de la licencia de conducir a los envejecientes de 65 años.
Al ser consultado al respecto, dijo: “ni yo, ni muchos de ustedes conocíamos de la existencia de esa resolución. “Esa disposición se va a eliminar”, prometió.
La medida que limita a dos años la renovación de la licencia de conducir a los envejecientes está contenida en el decreto 6-19, sobre reglamento de licencias de conducir y la violación a esta disposición ha sido denunciada en varias ocasiones por el periódico El Nacional.
El decreto en cuestión es el número 6-19, sobre el Reglamento de Licencias de Conducir, del 8 de enero de 2019, firmado por el expresidente Danilo Medina, plantea en su artículo 21, inciso a: «Para las categorías 01, 02 y 05, el período de vigencia será de cuatro (4) años hasta que su titular cumpla los sesenta y cinco (65) años de edad. A partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, la vigencia será de dos (2) años».
El inciso b de dicha regulación plantea: «Para las categorías 03 y 04, el período de vigencia será de tres (3) años hasta que su titular cumpla los sesenta y cinco (65) años de edad. A partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, la vigencia será de un (1) año».
Esta resolución ha generado controversia en la opinión pública y hasta el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, emplazó al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) a fijar una posición que le permitiera conocer las «razones legales» de una resolución que discrimina a la población mayor de 65 años.





