El Ministerio de Trabajo informó un aumento de 25 % en el salario mínimo de los operadores de máquinas pesadas del área agrícola, aprobado por el Comité Nacional de Salarios (CNS) mediante la Resolución número 11/2026.

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Salario mínimo sube a RD$27,500

La disposición, emitida el 29 de septiembre, eleva de RD$22,000 a RD$27,500 mensuales el salario mínimo para estos trabajadores en todo el territorio nacional.

  • El ministro de Trabajo, Eddy Olivares Ortega, destacó que la medida fue resultado de un acuerdo tripartito entre trabajadores, empleadores y el Estado, alcanzado durante la sesión del CNS celebrada el 23 de septiembre de 2026.

“Este aumento del 25 % reconoce el valor del trabajo que realizan los operadores de máquinas pesadas en la actividad agrícola y es, al mismo tiempo, una muestra de que mediante el diálogo responsable entre trabajadores, empleadores y el Estado podemos alcanzar acuerdos que mejoren las condiciones laborales y contribuyan al desarrollo de los sectores productivos”, afirmó Olivares Ortega.

La resolución también establece un incremento de 25 % en las tarifas correspondientes a distintas labores agrícolas, entre ellas corte de arado, corte con rastra, fangueo, surqueo, siembra, aporque, chapeo, abonado, nivelación con gredar, zanjeo, recolección de cultivos, fumigación y micronivelación.

Actualizan tarifas para labores agrícolas

Entre las nuevas tarifas figuran RD$23.70 por tarea para el corte de arado; RD$116.53 por tarea para el fangueo; RD$183.63 por tarea para la nivelación con gredar; RD$16.88 por saco para la recolección de arroz y maíz, y RD$8.38 por saco para la recolección de sorgo.

  • El acuerdo también dispone que ayudantes y tractoristas de acarreo, así como vigilantes de equipos, devengarán el salario mínimo establecido para los trabajadores del sector privado no sectorizado.

Asimismo, los empleadores deberán llevar un registro del número de horas diarias trabajadas por cada empleado. Quienes ya perciban un salario superior al establecido mantendrán su remuneración, conforme al artículo 217 del Código de Trabajo, sin perjuicio de que pueda ser mejorada mediante acuerdo entre las partes.

  • Olivares afirmó que la actualización forma parte de la responsabilidad del CNS de revisar periódicamente las tarifas mínimas y concluyó: “Seguiremos apostando al diálogo social como la vía para construir acuerdos que permitan mejorar los ingresos de los trabajadores, fortalecer la formalización y mantener un clima laboral favorable para la inversión, la producción y el empleo”.